Convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de proyectos audiovisuales de Cataluña.
Objeto: apoyar proyectos audiovisuales en su fase de desarrollo, incluyendo largometrajes cinematográficos de ficción, documentales, animación, y diversos formatos televisivos como series de ficción, documentales, animación, y series web. La "fase de desarrollo" comprende todas las actividades necesarias antes del inicio del rodaje. El objetivo principal de estas subvenciones es fortalecer la capacidad del sector audiovisual para producir obras de calidad con potencial para alcanzar mercados internacionales, además de ayudar a las empresas de producción audiovisual a obtener financiación y proyección para sus proyectos.
Beneficiarios: empresas de producción audiovisual independientes que estén inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o en el Registro administrativo de empresas cinematográficas y audiovisuales gestionado por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) o las de un Estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo y con establecimiento permanente en España.
“Se entenderá por «empresa de producción audiovisual independiente» la persona física o jurídica que cumple las siguientes condiciones: tiene una personalidad jurídica distinta a la de una empresa prestadora de servicios de comunicación audiovisual; no participa de forma directa o indirecta en más del 15% del capital social de una o varias empresas prestadoras de servicios de comunicación audiovisual; su capital social no tiene una participación directa o indirecta superior al 15% por parte de una o varias empresas prestadoras de servicios de comunicación audiovisual y, en los últimos tres ejercicios fiscales, no ha facturado más del 90% de su volumen de facturación a una misma empresa prestadora de servicios de comunicación audiovisual, se entenderá por «empresa prestadora de servicios de comunicación audiovisual» la persona física o jurídica que asume la responsabilidad editorial del servicio de radio o de televisión, o de los contenidos audiovisuales de los que se trate, y los transmite o los hace transmitir por un tercero”.
Cuantía:
a) En los largometrajes cinematográficos de ficción, documentales, largometrajes televisivos de ficción, documentales para televisión, series documentales o series web de ficción, la cuantía de la subvención será de un máximo del 60% del gasto previsto por la empresa productora solicitante respecto del presupuesto de desarrollo del proyecto, con un límite de 25 000,00 euros.
b) En las series televisivas de ficción, la cuantía de la subvención será de un máximo del 60% del gasto previsto por la empresa productora solicitante respecto del presupuesto de desarrollo del proyecto, con un límite de 36 000,00 euros.
c) En los largometrajes cinematográficos de animación y en las series de animación, la cuantía de la subvención será de un máximo del 60% del gasto previsto por la empresa productora solicitante respecto del presupuesto de desarrollo del proyecto, con un límite de 50 000,00 euros
d) En caso de que se trate de una coproducción con otras empresas productoras independientes, se distribuirá el importe de la ayuda entre las empresas coproductoras independientes que opten a la subvención en función del gasto previsto para cada una de ellas.
e) Los proyectos que opten a las subvenciones por haber superado la nota de corte establecida en la base 7.2 podrán obtener el importe máximo subvencionable por el orden de prelación derivado de la puntuación asignada hasta agotar las disponibilidades presupuestarias
Plazos de presentación de solicitudes: desde el 17 de abril de 2024 hasta el 9 de mayo de 2024.
Más información:
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