Generalitat de Cataluña - Convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la producción de obras audiovisuales de animación.
Objeto: el objeto de estas bases es subvencionar la producción de proyectos de obras audiovisuales de animación, de acuerdo con las siguientes modalidades:
a) Series audiovisuales de animación, con una clara voluntad innovadora, tanto desde la perspectiva formal como técnica, con el objetivo de fomentar la aplicación de las nuevas tecnologías en la producción de animación y la búsqueda de nuevos canales de explotación, así como la creación de productos de alta calidad dirigidos a los mercados nacionales e internacionales.
b) Largometrajes cinematográficos de animación que empleen y pongan de relieve los valores artísticos y técnicos del país y la diversidad de la cinematografía catalana.
Beneficiarios: empresas de producción audiovisual independientes, incluidas las agrupaciones de interés económico (AIE), que estén inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o en el Registro administrativo de empresas cinematográficas y audiovisuales, gestionado por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), o las de un Estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo y con establecimiento operativo permanente en España.
Se entiende por «empresa de producción audiovisual independiente» la persona física o jurídica que cumple las siguientes condiciones: tiene una personalidad jurídica distinta a la de una empresa prestadora de servicios de comunicación audiovisual; no participa de forma directa o indirecta en más del 15% del capital social de una o varias empresas prestadoras de servicios de comunicación audiovisual; su capital social no tiene una participación directa o indirecta superior al 15% por parte de una o varias empresas prestadoras de servicios de comunicación audiovisual, y, en los últimos tres ejercicios fiscales, no ha facturado más del 90% de su volumen de facturación a una misma empresa prestadora de servicios de comunicación audiovisual.
En cuanto a estas bases, se entenderá por «empresa prestadora de servicios de comunicación audiovisual» la persona física o jurídica que asume la responsabilidad editorial del servicio de radio o de televisión, o de los contenidos audiovisuales de que se trate, y los transmite o los hace transmitir por un tercero.
Cuantía: dotación máxima de las subvenciones previstas en esta convocatoria es de 2.490.000,00 euros. 1.510.000,00 euros para la modalidad de series de animación destinadas a ser emitidas por televisión. 980.000,00 euros para la modalidad de largometrajes cinematográficos de animación.
La dotación máxima se podrá ampliar en función de las solicitudes recibidas, por un importe no superior al de la convocatoria, y condicionada a la disponibilidad presupuestaria.
Plazos de presentación de solicitudes: desde el 14 de mayo de 2024 hasta el 5 de junio de 2024.
Más información:
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