Subvenciones para la producción de cortometrajes cinematográficos ICEC 2022

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INSTITUTO CATALÁN DE LAS EMPRESAS CULTURALES

RESOLUCIÓN CLT/1091/2022, de 13 de abril, de convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la producción de cortometrajes cinematográficos

Objeto:

Estas bases tienen por objeto la concesión de subvenciones para la producción de cortometrajes cinematográficos. A efectos de estas bases, se entienden por «cortometrajes» las obras audiovisuales que tienen una duración inferior a 60 minutos, excepto las de formato de 70 milímetros y, como mínimo, con ocho perforaciones por imagen, con una duración igual o inferior a 45 minutos.

Beneficiarios:

Podrán optar a las subvenciones las empresas de producción audiovisual independientes que estén inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o en el Registro administrativo de empresas cinematográficas y audiovisuales gestionado por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) o de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo y con establecimiento operativo en el Estado español. 

Cuantía:

La dotación máxima de las subvenciones previstas en esta convocatoria es de 300 000,00 euros, distribuidos en las siguientes anualidades: un importe máximo de 180 000,00 euros con cargo a la partida 470.0001 del presupuesto del Instituto Catalán de las Empresas Culturales para el año 2022 y un importe máximo de 120 000,00 euros con cargo al presupuesto del Instituto Catalán de las Empresas Culturales del año 2023. La dotación máxima se podrá ampliar en función de las solicitudes recibidas y de la disponibilidad presupuestaria.

Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo para presentar solicitudes es del 26 de abril al 13 de mayo de 2022, ambos inclusive.

 

El órgano instructor es el Área del Audiovisual del Instituto Catalán de las Empresas Culturales. 

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