Objeto:
Colaboración para el apoyo técnico por parte de la entidad en la gestión de las becas del “Plan formativo en habilidades empresariales de las industrias culturales y creativas” a lo largo de todo su ciclo de ejecución. Las funciones de la entidad colaboradora serán las siguientes:
- Comunicación y difusión del Plan formativo, con acciones dirigidas tanto a entidades educativas, como a los posibles interesados en optar a las becas convocadas.
- Atención al público y asistencia técnica para la presentación y subsanación de las solicitudes y para la posterior justificación de los beneficiarios.
- Comprobación previa de los documentos presentados por los solicitantes y presentación de un informe al órgano instructor sobre las posibles causas de exclusión y defectos a subsanar que se hayan detectado.
- Presentación de un informe técnico de pre-valoración de las candidaturas presentadas para facilitar los trabajos de la Comisión de Estudio y Valoración. La entidad colaboradora participará en las sesiones de la Comisión de Estudio y Valoración, a través los miembros que designe, en calidad de expertos.
- Realizar los pagos a los becarios, justificar la entrega de los fondos percibidos ante el órgano concedente de las ayudas y entregar la justificación presentada por los beneficiarios.
Beneficiarios:
Personas jurídicas privadas, sin ánimo de lucro, españolas o con sucursal en España, que tengan plena capacidad de obrar y que acrediten los extremos de solvencia que se especifican en este artículo, que deberán mantenerse, al menos, durante el plazo de vigencia del convenio.
Respecto a la solvencia económica y financiera, se exigirán las siguientes condiciones a las entidades participantes:
- Unos ingresos por actividad propia superiores a dos millones de euros en cada uno los dos últimos ejercicios cerrados.
- Un nivel de endeudamiento a corto y medio plazo inferior a la mitad del patrimonio neto.
Respecto a la solvencia técnica, se exigirán las siguientes condiciones a las entidades participantes:
- Experiencia mínima de cinco años en actividades con fines educativos, lo que se acreditará mediante la escritura de constitución y la constatación de los fines recogidos en los estatutos de la entidad.
- Experiencia mínima de un año en la gestión de ayudas, públicas o privadas, en el ámbito educativo, lo que se acreditará mediante presentación de certificados de ejecución de la actividad realizada, emitidos por la Administración u otras entidades e instituciones concedentes de las ayudas.
Cuantía:
La entidad colaboradora percibirá la cantidad de 315.000 euros en concepto de compensación económica por las funciones de apoyo a la gestión del Plan y de pago de las becas y otros gastos relacionados.
Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será del 27 de marzo al 11 de abril de 2023.
Más información:
Orden de Bases
Convocatoria